Bienvenidos a esta nueva publicación (post), mis estimados lectores!
En esta oportunidad quiero compartir con ustedes un tema poco común, pero íntimamente relacionado con la Filosofía del Software Libre. Ya que todos somos informáticos o amantes de la informática, pero para ello también necesitamos una industria o un buen soporte documental o literario que nos provea de la información oficial, relativa o inherente a los tópicos (hardware / software) que nos interesan, sin perjuicio de quien los crea y de quien los difunde. Además la Filosofía del Software Libre debe masificarse y aplicarse a toda posible faceta de la actividad humana, y la literatura es un buen campo para ello!
En fin, hoy hablaremos de La Documentación Libre y/o La Literatura Libre!
- ¿Que es la Documentación Libre?
Este concepto puede interpretarse como la documentación que garantiza el libre uso de la misma, es decir, el copiado y modificación de sus contenidos, con la única restricción de no modificar su licencia.
Yo personalmente concibo este concepto como lo mismo pero en un sentido más amplio, es decir, que abarca a toda aquella manifestación escrita principalmente a las obras literarias no técnicas, tales como cuentos, libros educativos, novelas, entre otros.
Pero ahondando en el caso de la Documentación técnica libre, podemos mencionar:
Que entre las licencias más populares destinadas a la documentación técnica ó de textos libres es la GNU Free Documentation License. Y aunque en el pasado existieron otras muy como:
Actualmente existe una gran cantidad de licencias libres para dicha finalidad, y una de las famosas es Creative Commons. Sin embargo a continuación les dejo una pequeña lista de las que pudiesen ser una de las alternativas más usadas para que cualquiera pueda consultarlas y ver la que más le convenga usar para sus creaciones documentales o literarias.
Creative commons
Creative Commons cuenta con dos licencias libres, Creative commons Reconocimiento y Creative Commons Reconocimiento – Compartir igual. Estas dos licencias permiten que la obra sea distribuida, copiada y exhibida por terceros si se muestra en los créditos el nombre del autor original. La segunda licencia añade una cláusula para hacer a la licencia copyleft, que añade una cláusula a las licencia para que las obras resultantes también sean cultura libre. Creative Commons en su web cuenta con una interfaz muy sencilla, que te permite aplicar algunas de sus licencias a tu obra literaria para que sea de libre copia y te permita otorgarle otras libertades que tú consideres importantes.
Coloriuris
Coloriuris provee dos tipos de licencias libres, la verde y la azul, las cuales permiten la reproducción, distribución, comunicación pública y la realización de obras derivadas con o sin ánimo de lucro. La licencia verde añade, además, una cláusula para hacer a la licencia copyleft, que añade una cláusula a las licencia para que las obras resultantes también sean cultura libre. En realidad, Coluriuris es un Prestador de Servicios de Confianza. Prestador de Servicios de Confianza: “ Es la persona física o jurídica que presta uno o varios servicios de confianza” según el Reglamento de la U.E. 910/2014, de fecha del 23 de julio.
Licencia Arte Libre
Nacida del Encuentro de Copyleft Attitude en París en el año 2000, esta licencia se origina de la idea de que el saber y el conocimiento deben ser libres. La Licencia Arte Libre (LAL) le autoriza a copiar, difundir y transformar libremente la obra que protege, dentro del respeto a los derechos de su autor. La Licencia Arte Libre no ignora los derechos del autor, sino que los reconoce y protege. La reformulación de estos principios permite a los usuarios utilizar con creatividad la obra artística.
GNU Free Documentation License
La GNU Free Documentation License más conocida como GFDL es una licencia diseñada principalmente para documentación de software pero también puede ser usada por cualquier otro libro. El ejemplo más famoso de uso de esta licencia es la Wikipedia. El propósito de esta Licencia es permitir que un manual, libro de texto, u otro documento funcional y útil sea «libre» en el sentido de la libertad que asegure a todo el mundo la libertad efectiva de copiarlo y redistribuirlo, con o sin modificaciones, de manera comercial o no, y de manera tal que el autor y el editor obtengan un reconocimiento por su trabajo, sin que este ultimo, se le considere responsable de las modificaciones realizadas por otros.
DO WHAT THE FUCK YOU WANT TO PUBLIC LICENSE
La traducción del nombre de esta licencia sería algo similar a “Licencia pública úsala como quieras”. Básicamente la licencia dice que hagas lo que quieras con la obra. Más simple imposible.
Open Publication License
Otra licencia más de cultura libre. Si se usa algunas de las opciones de la sección 6 la licencia no es libre.
Hay posiblemente muchas más licencias libres, sobre todo para documentación de software, pero tal vez no sean muy conocidas y/o usadas.
- Derecho de Autor – Propiedad Intelectual versus el Licenciamiento Libre
¿Qué es la Propiedad Intelectual?
Muchas leyes definen la Propiedad Intelectual y el Derecho de Autor de muchas maneras:
En España, la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, cita textualmente: “La propiedad intelectual está integrada por una serie de derechos de carácter personal y/o patrimonial que atribuyen al autor y a otros titulares la disposición y explotación de sus obras y prestaciones”
Esta ley también detalla en su Capitulo II, Articulo 10 cuales creaciones entran dentro de este concepto.
Mientras en Venezuela, la Ley sobre el Derecho de Autor, promulgada en Venezuela, el 16 de septiembre de 1.993, establece en su artículo 1 y 2º, el espíritu de la misma sobre este concepto y sus limites de acción: Ver Ley.
A nivel internacional en general, los países tienden a suscribirse al Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas para garantizarle y respetarle a sus ciudadanos y extranjeros su Derecho de Autor y Propiedad Intelectual.
- ¿Que beneficios trae conocer toda esta información sobre Derecho de Autor, Propiedad Intelectual y las múltiples opciones de Licenciamiento Libre para el conocimiento difundido por cada uno de nosotros?
Por ejemplo, ya sea que tengamos una pagina web (website) del Tipo Blog, Revista, Entretenimiento, etc., o simplemente publicas material informativo bien estructurado (diseñado) en alguna red social o medio impreso o no, debes saber seguramente todo ese material que aportas (difundes, creas, diseñas) está amparado por la ley, y que por lo tanto tus publicaciones (post, artículos, libros, revistas, caricaturas, entre otros materiales documentales o bibliográficos, técnicos o no, pueden encontrarse protegidos desde el mismo momento de su publicación, por alguna ley de tu país, con el único requisito de que sean obras originales.
Y para que cumplas con dicho fin, hay en el Internet muchas herramientas para evitar cometer plagio o confundan nuestras publicaciones con un plagio debido a su bajo nivel de autenticidad. Entre esas muchas herramientas te recomiendo:
Recuerda que de manera cuasi universal: Dentro de la propiedad intelectual hay dos categorías diferentes: El derecho de autor, para particulares, y La propiedad industrial, referida a empresas y grandes compañías. Y que en casi todos los países también existe un plazo de tiempo estipulado para el ejercicio de los derechos de explotación de una obra, el cual puede ser (abarcar) «Toda la vida del autor y muchos años más después de su muerte».
Por ultimo, y como un pequeño obsequio les dejo una de mis creaciones literarias libres, para su lectura y disfrute:
Trilogía de Ciencia Ficción: Esperanza
Personalmente no soy evangelizador religioso de lo open, y me parece un poco absurdo extender lo open a todo componente del universo.
En cualquier momento comemos el choripan open.
La Filosofía del Software Libre debe masificarse y aplicarse a toda «POSIBLE» faceta de la actividad humana, y la literatura es un buen campo para ello!
Por eso incluí la palabra posible, no debemos ser extremistas ni exagerados!
Sin embargo, la creatividad literaria (Novelas. Cuentos, Historias, Libros Educativos, entre otros) es uno de los campos donde debe la filosofía libre incluirse con mucho orden para introducir beneficios colectivos!
Quisiera aportar desde mi lugar, tanto como usuario del software libre y como escritor independiente. Aquí en argentina realizamos unas ferias llamadas FLIA (Feria del Libro Independiente y Autogestiva) en donde se reunen todo tipo de artistas y principalmente editoriales. Lo que circula es mucha gente que se autoedita (desde la edición hasta la encuadernación artesanal o de imprenta), y se acostumbra a poner licencias creative commons y sobre todo «sin licencia». Esto quiere decir que hay todo un movimiento conocido como Devolucionismo o el Movimiento por la devolución, que consiste en no poner licencia a las obras en pos de devolver al Dominio Público la información. Me parece importante nombrar esto aquí: el dominio público es a donde pasan las obras una vez extinguidos los derechos económicos de sus autores (en algúnos países 70 años después de muertos). Esto no extingue los derechos morales de que mantienen ligada su autoría. La diferencia con el Copyleft (entre ellos el Creative Commons) es que estos últimos mantienen restricciónes como por ej., no permiten lucrar con la obra. Esto esta bien para proteger los libros y softwares de los monopolios, para esto la FSF creó estas licencias. Pero hay otro tipo de licencias llamadas CopyFarLeft que van un paso más allá: una clausula permite vender las obras derivadas siempre y cuando sean por una cooperativa o empresa gestionada por sus trabajadores, así evitaría la renta generada para las patronales. El blog de Guerrillatranslation y lasindias.com usan esta licencia, y animo a les interesades a buscar sobre CopyFarLeft y sobre Devolucionismo para ampliar. La idea en el fondo de estas filosofías, así como la del Código Abierto, es ampliar el procomun que es de todxs y permitir el mejoramiento de las ideas en su respectiva modificación. A la larga lo mejor sería, como dicen los Telecomunistas, lograr un hardware libre acrecentando el procomún…
Muy interesante tu aporte sobre: CopyFarLeft y Devolucionismo. Nunca había escuchado sobre esos 2 conceptos!